Artículo 392 Código Civil
El artículo 392 Código Civil define la comunidad de bienes, además de hacer dispositivas las normas relativas a la misma
El artículo 392 Código Civil define la comunidad de bienes, además de hacer dispositivas las normas relativas a la misma
El Artículo 92 del Código Civil es el encargado de la custodia compartida, si bien regula aspectos referentes a la patria potestad y la custodia tras la separación o divorcio.